RELACIÓN DE DEUDORES AL COLFONAVI
ACOMETIDAS DOMICILIARIAS DE PROYECTOS FINANCIADOS POR LA UTE-FONAVI

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  • La Unidad Técnica Ejecutora del Fondo Nacional de Vivienda (UTE FONAVI) financió obras de electrificación en el ámbito de la concesión de Hidrandina, encargando a Hidrandina la cobranza de los créditos a los moradores beneficiarios con tales obras, conforme al Decreto Supremo Nº 01-94-PRES y convenio de fecha 01 de junio de 1994.

  • Mediante ley  Nº  26969, se extinguieron las deudas provenientes de los créditos mencionados, excepto el valor de las acometidas domiciliarias que  deben ser pagadas por los moradores. Dispone también la ley que la Comisión Liquidadora del FONAVI (COLFONAVI) reembolsará a los moradores que hubieran pagado mayor cantidad que el costo de la conexión domiciliaria.

  • Hidrandina mediante carta  GGA-2490-99, comunicó a COLFONAVI la suspensión de la cobranza de “Cuotas por conexión domiciliaria” atendiendo a la ley 29699, procediendo a excluir  este concepto de la facturación.

  • COLFONAVI, en mayo de 2003 presentó demanda por “Daños y perjuicios y obligación de hacer” contra Hidrandina  a fin de que reinicie la cobranza por concepto de conexiones domiciliarias de acuerdo al decreto de Urgencia Nº 074-2000

  • El Poder Judicial mediante resolución de fecha 18 de marzo del año 2009 emitida por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, ha Confirmado la sentencia de primera instancia emitida mediante Resolución 44 por 7mo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad a través de la cual se ORDENA reiniciar la cobranza de la conexiones eléctricas de acuerdo a lo pactado en el convenio marco  de fecha 01 de junio de 1994.

  • Hidrandina, atendiendo a lo dispuesto por el poder judicial, hace de conocimiento de la opinión pública que procederá a notificar los saldos deudores que fueran remitidos por COLFONAVI en fecha 16-10-2009 mediante oficio 1414-2009-EF/43.90  y procederá a la cobranza de dichos saldos para su posterior traslado a COLFONAVI, razón por la cual se pone a Hidrandina como un simple intermediario de la cobranza de COLFONAVI.
 
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